Impuestos en España
España tiene una normativa fiscal compleja, especialmente para extranjeros. En Extranjería Córdoba, no solo elaboramos y presentamos sus impuestos: le explicamos qué paga, por qué y cómo puede optimizar sus impuestos en España: con total transparencia y tarifas cerradas. Sea residente fiscal en España, no residente, propietario o empresario, le ponemos al día y le protegemos frente a sanciones.
Extranjería Córdoba, nos encanta ayudar a cumplir con Hacienda sin sorpresas:
¿Conoce la normativa fiscal en España? Su tranquilidad empieza con la obligación cumplida.
Extranjería Córdoba es su asesor fiscal de confianza para residentes y no residentes
En España, cumplir con Hacienda no es solo una obligación legal: es una garantía para su residencia, su negocio y su patrimonio. En Extranjería Córdoba nos encontramos en numerosas ocasiones que muchos extranjeros —residentes y no residentes— cometen errores por desconocimiento, no por mala fe. Por ejemplo, no presentan el modelo 210 porque su vivienda está vacía y piensan que no es necesario, o no declaran alquileres desde el extranjero o ignoran el modelo 720 por tener cuentas en su país una vez que ya es residente.
No basta con saber qué impuestos existen. Lo importante es entender si usted está obligado a presentarlos. Nosotros se lo explicamos con claridad.
En Extranjería Córdoba le ayudamos a conocer la normativa fiscal, ponerse al día con rigor, sin sanciones y con total transparencia.
Por ejemplo, de manera sencilla y general:
✔️ Si es residente fiscal en España (>183 días al año o centro de intereses vitales aquí)
Debe declarar todos sus ingresos mundiales: trabajo, pensiones, alquileres, dividendos, plusvalías, etc. Por lo que puede estar obligado a presentar la Declaración de la Renta (IRPF) anual, Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el Modelo 720 si tiene bienes en el extranjero (>50.000 €).
✔️ Si es No residente fiscal en España, pero tiene bienes o ingresos en España. Puede estar obligado a presentar el modelo 210, 211 además de otros impuestos.
✔️ Si es residente y tiene una empresa o es autónomo en España, podría estar obligado a presentar los modelos de IVA, IRPF, 347, 200/202 etc.
¿No está seguro de su situación? Extranjería Córdoba le realiza una revisión fiscal inicial GRATIS y le decimos exactamente qué debe presentar.
Impuestos directos
Son los que gravan la riqueza, rentas o patrimonio de las personas o empresas. Como por ejemplo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Sociedades (IS), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) etc.
Impuestos indirectos
son los que gravan las adquisiciones o venta de productos o servicios, por ejemplo, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD), los Impuestos Especiales (IIEE)
Obligaciones locales
Son los que se exigen en los ayuntamientos, como por ejemplo el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
Conozca cómo funcionan los impuestos en España
España es un país con una carga fiscal importante y además con numerosa normativa fiscal, por lo que para un extranjero puede resultar complejo y difícil cumplir la legalidad fiscal.
Extranjería Cordoba usando un lenguaje claro y sencillo, tratará de explicarle de manera general los impuestos en España.
Los impuestos pueden dividirse en dos clases: impuestos directos e impuestos indirectos. Además, podríamos añadir la categoría de impuestos locales.
Los diferentes impuestos están gestionados por diferentes Administraciones Publicas en España (AAPP), así sean impuestos del Estado, impuestos Autonómicos o Impuestos locales (ayuntamientos).
Los impuestos estatales dependen, de manera general, de la Agencia Tributaria de España AEAT (Hacienda), mientas que los autonómicos o locales dependen de las Comunidades Autónomas y ayuntamientos respectivamente.
Estos diferentes impuestos se pueden pagar y presentar solo una vez (cuando ocurra el hecho que los origina) o de manera periódica. Sino se presentan correctamente en su plazo de manera voluntaria, darán lugar a recargos y posibles sanciones. En España dependiendo del impuesto, las multas o sanciones pueden llegar a ser elevadas.
Es de vital importancia conocer o estar asesorado en cuanto a las obligaciones ficales a cumplir en España. Una mala planificación fiscal o un mal asesoramiento fiscal en España puede hacerle perder bastante dinero o recibir sanciones y/o multas.
Extranjería Córdoba se pone a su disposición para asesorarle, elaborarle y tramitarle los impuestos en España.
COMPROMISO TECNICO EN LA ELABORACION Y PRESENTACION DE IMPUESTOS EN ESPAÑA
Tanto residentes como no residentes deben declarar si tienen ingresos, propiedades o negocios en España y cumplir con la presentación de impuestos en España. Ignorarlo puede generar sanciones, embargos o incluso afectar la renovación de tu residencia o visado. En Extranjería Córdoba, la fiscalidad no es un servicio automatizado. Es una responsabilidad profesional con consecuencias reales. Por eso:
- Elaboramos los impuestos en España con rigor y revisamos de manera exhaustiva.
- Mantenemos una actualización normativa diaria: seguimos BOE, AEAT, Resoluciones de la DGT y jurisprudencia del TEAC.
- Disponemos de una cobertura de responsabilidad civil incluida en todos nuestros servicios (seguro de responsabilidad civil).
- Tenemos un archivo digital seguro con acceso a sus declaraciones de impuestos en España durante 6 años.
- Sin subcontrataciones: todo el trabajo lo realiza nuestro equipo interno, colegiado y especializado.
Asesoría y gestión fiscal completa para extranjeros
Nos encargamos de sus impuestos en España, declaraciones y obligaciones legales.
Declaración de la Renta (IRPF)
Al ser residente fiscal en España estará obligado posiblemente a presentar la declaración de la renta anual. En Extranjería Cordoba le preparamos y presentamos su IRPF anual de forma segura y sin errores.
Fiscalidad para no residentes
Si Ud. es no residente fiscal en España, pero tiene propiedades o activos en España, probablemente deba declarar impuestos en España. Le elaboramos y presentamos entre otros los Modelos 210 y 211: declaramos sus rentas o ventas de inmuebles en España.
Informe Modelo 720
Extranjería Córdoba asesora, elabora y presenta la declaración informativa de bienes y cuentas en el extranjero para residentes fiscales en España sin sanciones.
Extranjería Córdoba ofrece tarifas cerradas, justas y proporcionales al trabajo real
Extranjería Córdoba resuelve sus dudas: respuestas claras, sin tecnicismos.
Sí, si su base imponible es inferior a 24.107,20 €/año y el contrato es posterior a 2015. La deducción es del 10,05% (varía por CCAA). En Extranjería Córdoba, como especialistas en Impuestos en España, le simulamos el ahorro antes de presentar.
Sí. Como residente fiscal en España, debe declarar todos sus ingresos mundiales. Pero en Extranjería Córdoba aplicamos el convenio internacional correspondiente para evitar la doble imposición —una parte esencial de nuestro servicio en Impuestos en España.
Sí, hasta el 25% de las ganancias del ejercicio. Las pérdidas no compensadas se arrastran 4 años más. En Extranjería Córdoba revisamos su historial fiscal completo para optimizar su declaración de Impuestos en España.
Se aplica un recargo del 5–15% + intereses. En Extranjería Córdoba le enviamos recordatorios 30 días antes del plazo, como parte de nuestro compromiso en la gestión de Impuestos en España.
Sí, si ambos son residentes. Pero no siempre es ventajoso: en Extranjería Córdoba simulamos ambas opciones para que elija la más eficiente en su caso de Impuestos en España.
Es una renta ficticia establecida por ley (art. 85 IRNR). Se calcula sobre el valor catastral (1.1% o 2%) y es obligatoria anualmente. En Extranjería Córdoba, expertos en Impuestos en España para extranjeros, le recordamos este plazo cada enero.
Depende. El IRNR no permite deducciones (art. 24.1 IRNR), pero sí existen sentencias actuales que sí lo permite y el artículo 24.6 de la misma norma permite que los residentes en otros países de la UE/EEE deduzcan los gastos directamente relacionados que hubieran podido deducir contribuyentes residentes. SI Ud. tiene otra nacionalidad Extranjería Córdoba puede estudiar su caso y realizarle una valoración.
Sí. La retención del 3% (modelo 211) es un pago a cuenta. Debe presentar el modelo 210 en 3 meses para liquidar la plusvalía real. En Extranjería Córdoba gestionamos ambas declaraciones como parte integral de nuestros servicios de Impuestos en España.
Puede exigir impago + intereses + sanción del 50%. Pero si regulariza voluntariamente con Extranjería Córdoba, evita la sanción —una ventaja clave de contar con profesionales expertos en Impuestos en España.
Sí, solo si presentó su certificado de residencia fiscal en Reino Unido antes del 31/12/2020. En Extranjería Córdoba verificamos su situación y aplicamos el convenio correcto, como parte de nuestra asesoría especializada en Impuestos en España.
Es un documento emitido por su país que acredita su residencia fiscal allí. Es obligatorio para aplicar convenios. En Extranjería Córdoba le ayudamos a obtenerlo como parte de nuestro servicio integral en Impuestos en España.
Sí, mediante el método de “centro de intereses vitales”. En Extranjería Córdoba evaluamos su caso (familia, vivienda, negocio) para determinar su residencia fiscal real —un análisis fundamental en Impuestos en España para extranjeros.
Tributará al 24% en IRNR sin reducciones. Pero en Extranjería Córdoba le asesoramos sobre posibles créditos fiscales en su país, como parte de nuestra estrategia global en Impuestos en España.
Sí, mediante solicitud de devolución (modelo 210 rectificativo + certificado). El plazo es de 4 años. En Extranjería Córdoba gestionamos este trámite sin coste adicional, como parte de nuestros servicios de Impuestos en España.
Depende de su residencia fiscal. En Extranjería Córdoba, como especialistas en Impuestos en España para extranjeros, le indicamos qué modelo debe presentar y cómo aplicar el convenio vigente.
Sí, desde 2024 las cuentas electrónicas están incluidas. En Extranjería Córdoba presentamos con validación previa para evitar errores —un servicio clave dentro de nuestros Impuestos en España.
Sanción de 5.000 € por dato omitido, pero si regulariza voluntariamente con Extranjería Córdoba, puede reducirse a 100 €/dato (Resolución DGT 1/2024), como parte de nuestra asesoría en Impuestos en España.
Sí, si supera los 50.000 €. En Extranjería Córdoba le ayudamos a valorarla correctamente, como parte de nuestro compromiso en la gestión precisa de Impuestos en España.
Sí. Debe presentar alta censal (modelo 030). En Extranjería Córdoba le ayudamos a hacer la transición sin duplicidades, como parte de nuestro servicio continuo en Impuestos en España.
Sí, mediante declaraciones complementarias sin sanción si actúa antes de que Hacienda actúe. En Extranjería Córdoba le calculamos el coste exacto, como parte de nuestra especialización en Impuestos en España.
Sí, como no residente sin establecimiento permanente. Tributará en IRNR al 24%. En Extranjería Córdoba le explicamos las implicaciones laborales y fiscales, como parte de nuestro asesoramiento en Impuestos en España.
Es una oficina, fábrica o agente con poderes en España. Si lo tiene, debe tributar en IRPF como residente. En Extranjería Córdoba le ayudamos a evitar esta situación no deseada, como parte de nuestra prevención en Impuestos en España.
Sí, tras la STC 182/2021. En Extranjería Córdoba le ayudamos a calcularla y reclamar si ya la pagó —un servicio frecuente dentro de nuestros Impuestos en España.
Sí. La donación genera una ganancia patrimonial para usted. En Extranjería Córdoba calculamos el impuesto y le asesoramos en alternativas fiscales, como parte integral de nuestros servicios en Impuestos en España.
Sí. Incluimos en todos nuestros servicios un calendario fiscal personalizado. Es parte de nuestro compromiso para que nunca pierda un plazo en Impuestos en España —porque en Extranjería Córdoba, su tranquilidad es nuestra prioridad.
